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Viernes 6 de noviembre de 2026
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El Gobierno posterga al 1° de diciembre los Fondos de Asistencia Laboral y duplica la carencia

El Decreto 1228/2026 amplía de seis a doce meses el período en que los fondos deben acumular aportes antes de poder pagar obligaciones. Es la segunda prórroga del régimen, creado por la Ley de Modernización Laboral.

Redacción La Bajada ·

El Gobierno nacional postergó del 1° de noviembre al 1° de diciembre de 2026 la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y extendió de seis a doce meses su período de carencia. Lo dispuso el Decreto 1228/2026, firmado el 19 de octubre y publicado este martes en el Boletín Oficial, donde entró en vigencia.

Los FAL fueron creados por la Ley de Modernización Laboral 27.802 para cubrir obligaciones de los empleadores derivadas del fin de una relación de trabajo, como las indemnizaciones. La norma original fijaba el inicio para el 1° de junio y permitía al Ejecutivo aplazarlo hasta seis meses. En mayo, el Decreto 408/2026 lo había llevado a noviembre; ahora se suma un mes más dentro de ese margen.

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Qué cambia

El período de carencia es el tiempo mínimo en que los fondos acumulan contribuciones antes de atender obligaciones. Pasa de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos. El cómputo empieza en el mes en que ARCA registre la primera contribución efectiva de cada empleador.

Según los fundamentos del decreto, el plazo de seis meses no alcanzaba para formar un patrimonio inicial que garantice solvencia, liquidez y estabilidad. El texto también plantea que la puesta en marcha requiere una etapa gradual para detectar y corregir errores, inconsistencias o demoras.

La prórroga responde a un pedido de la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión, la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas y la Cámara de Agentes de Bolsa, que lo canalizaron a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Pidieron más tiempo para completar desarrollos técnicos y operativos de “organismos públicos, entidades del mercado de capitales y proveedores de servicios tecnológicos y operativos”, según el decreto.

Cómo funcionan

Los FAL se instrumentarán mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros bajo control de la CNV, con intervención del Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo y ARCA. Se financian con una contribución mensual de los empleadores sobre las remuneraciones que sirven de base a las contribuciones patronales: 2,5% para las micro, pequeñas y medianas empresas y 1% para el resto de las compañías privadas, de acuerdo con APF Digital.

El régimen alcanza a empleadores del sector privado, con las excepciones de la ley. Quedan afuera las relaciones laborales del sector público nacional, provincial y municipal.

Lecturas del sector

Clarín señaló que, con la carencia de un año, las empresas que despidan personal o paguen juicios laborales en ese lapso deberán hacerlo con caja propia. Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, dijo al diario: “Aportan al FAL pero no lo pueden usar”. Agregó que, salvo casos puntuales, lo aportado se descuenta de las contribuciones patronales.

Leonardo Pirolo, director de Capital Markets en TMF Group, dijo a ese medio: “La prórroga representa un alivio para todos los proveedores ya que estamos en plena etapa de implementación de los productos”.

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y el ministro de Economía Luis Caputo. El 1° de diciembre es la fecha en que el régimen debe comenzar a regir.

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