Economía · Entre Ríos
El FAL empieza el 1 de diciembre y su carencia pasa de seis a doce períodos
ARCA reglamentó el procedimiento de aportes. La compensación con las contribuciones patronales opera trabajador por trabajador y no genera saldo a favor.
Redacción La Bajada ·
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) empezará a recibir aportes el 1 de diciembre de 2026, pero los recursos no se usarán para indemnizaciones de inmediato. El Decreto 1228/2026, publicado el 20 de octubre, trasladó la entrada en vigencia a esa fecha y amplió de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos el plazo de carencia. El cómputo arranca en el mes calendario en que se registra ante ARCA la integración efectiva de la primera contribución.
El abogado laboral de Paraná Adrián Barsanti sostuvo que diciembre marca el comienzo del régimen, pero no el de su uso efectivo para afrontar indemnizaciones. Durante los primeros doce períodos se acumularán los recursos. Según Barsanti, la consecuencia práctica es que las empresas deben preservar capacidad propia para afrontar desvinculaciones mientras el fondo se forma.
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Cómo se calcula y cómo se compensa
ARCA reglamentó el procedimiento para realizar los aportes. La contribución mensual se aplica sobre la base imponible previsional y es del 2,5% para las MiPyMEs y ciertas entidades sin fines de lucro, y del 1% para el resto de los empleadores privados. Para acceder a la alícuota pyme, la empresa debe tener la caracterización vigente en el Sistema Registral de ARCA: el tamaño o la facturación no alcanzan por sí solos.
Noelia Girardi, gerente de Impuestos de Lisicki Litvin & Asociados, explicó: “Para el cálculo se toma la base imponible previsional utilizada para determinar las contribuciones patronales”. Como ejemplo, planteó una masa salarial mensual de $100.000.000: una pyme destinaría $2.500.000 al FAL y una empresa grande, $1.000.000.
El aporte tiene una contrapartida: una reducción equivalente y proporcional de las contribuciones con destino al SIPA, el INSSJP, el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares. La reducción opera trabajador por trabajador y tiene como tope las contribuciones patronales determinadas para cada relación laboral. Si el importe supera ese monto, no se genera un saldo a favor para períodos futuros. Quedan afuera las contribuciones a obras sociales, las cuotas de las ART y los aportes sindicales, y las relaciones alcanzadas por el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) no acceden a la reducción mientras mantengan ese beneficio.
La consultora Quaestus Advisory presentó una calculadora para estimar la acumulación. Su ejemplo: una pyme con 500 trabajadores y una remuneración bruta promedio de $1.400.000 tiene una masa salarial mensual de unos $700.000.000. Con el 2,5%, debería destinar unos $17.500.000 por mes. Con 13 aportes anuales, el fondo acumularía unos $227,5 millones en un año y unos $682,5 millones en tres.
Qué cubre y cómo elegir entidad
Los recursos podrán usarse para despidos sin causa, preaviso e integración del mes de despido, incapacidad y fallecimiento, fuerza mayor y quiebra, y vencimiento del plazo del contrato o mutuo acuerdo. Barsanti advirtió: “Sería un error pensar que el FAL elimina el riesgo indemnizatorio.” Si los fondos acumulados no alcanzan, la empresa deberá pagar la diferencia. El abogado también señaló que los datos declarados influirán en el tamaño del pasivo que el fondo podrá asistir: “Categoría, remuneración, jornada, antigüedad y demás datos declarados no serán solamente elementos relevantes frente a una eventual fiscalización o litigio.”
Las empresas deberán elegir una entidad habilitada por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Según la normativa, los honorarios tienen un tope del 1% anual sobre los activos administrados, IVA incluido, que no incluye la tasa de fiscalización de la CNV ni los gastos extraordinarios. El asesor financiero Nahuel Bernués señaló que todas las alternativas tienen el mismo universo de inversión, con un piso del 10% en activos de alta liquidez, y que las diferencias pasan por la duración de las carteras, los costos y la calidad de los servicios. Las proyecciones de rendimiento que publican las entidades no están garantizadas.
Barsanti enumeró los pasos pendientes: “Será necesario definir la entidad habilitada, instrumentar la cuenta correspondiente, obtener y validar el ID FAL y adecuar los sistemas de liquidación”.
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