Economía
ARCA habilitó la declaración jurada web de Ganancias para personas jurídicas
El uso es optativo hasta el 28 de febrero de 2027 y obligatorio desde el 1 de marzo. Las rectificativas de cierres anteriores a junio de 2026 seguirán por el aplicativo SIAP.
Redacción La Bajada ·
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un servicio online para confeccionar y presentar la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias de las personas jurídicas. Se llama Ganancias personas jurídicas Web y se utiliza desde el sitio institucional del organismo.
El cambio fue instrumentado por la Resolución General 5908/2026, que dispone el reemplazo paulatino del aplicativo SIAP. Según el organismo, la medida forma parte de las acciones orientadas a modernizar y simplificar los servicios para los contribuyentes.
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Qué es y quiénes deben usarlo
El servicio sirve para liquidar y presentar la declaración de los sujetos del artículo 53, incisos a, b, c, d, e y último párrafo, de la Ley de Impuesto a las Ganancias que confeccionen balances comerciales. Entre ellos figuran sociedades, empresas unipersonales y fideicomisos.
Puede usarse para los ejercicios comerciales cerrados desde junio de 2026 en adelante.
Desde cuándo es obligatorio
El uso es optativo hasta el 28 de febrero de 2027. Desde el 1 de marzo de ese año, el servicio web pasa a ser obligatorio para los períodos alcanzados. El SIAP continúa vigente para las declaraciones originales y rectificativas de ejercicios cerrados antes de junio de 2026.
Qué cambia frente al SIAP
- Se trabaja desde la web de ARCA, sin instalar un programa en la computadora.
- Retenciones, percepciones, anticipos pagados y pagos a cuenta llegan precargados con la información que el organismo ya tiene.
- El balance es más corto. El activo se informa en una sola pantalla con los grandes conceptos, sin el detalle por rubro ni la CUIT de los principales deudores y clientes que pedía el SIAP.
- El resultado neto se determina en una pantalla por tipo de actividad, que reúne la ganancia de fuente argentina y la de fuente extranjera. Los ajustes positivos y negativos también se cargan juntos.
- Quebrantos y saldos a favor se trasladan solos de un año al otro. La excepción es el primer período de uso del servicio, en el que esos datos deben cargarse a mano.
Rectificativas
Si la declaración original se presentó por SIAP, las rectificativas siguen por esa vía. Si se presentó por el servicio web, las correcciones posteriores deben hacerse por la plataforma nueva. Para los cierres anteriores a junio de 2026, el SIAP continúa como vía de presentación.
El próximo hito es el 1 de marzo de 2027, cuando el servicio web deje de ser optativo.
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