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Viernes 6 de noviembre de 2026
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Policiales

Quedó firme el archivo de la causa por el préstamo del FMI a Macri y otros funcionarios

El fiscal general Raúl Pleé desistió de la queja y la Sala IV tuvo por abandonada la impugnación fiscal. La causa investigaba si el préstamo de 57.100 millones de dólares contraído en 2018 sirvió para obtener divisas destinadas a la fuga.

Redacción La Bajada ·

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, dejó firme el archivo de la denuncia contra el expresidente Mauricio Macri por el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional de 2018. El fiscal general Raúl Pleé había desistido de la queja que la Fiscalía presentó ante ese tribunal, y los jueces tuvieron por abandonada la impugnación. La resolución se conoció el lunes.

La denuncia investigaba si el préstamo de 57.100 millones de dólares se había tomado para obtener divisas que luego se fugaron, con perjuicio para el Estado o ventajas económicas indebidas para los imputados. Las imputaciones eran por presuntos abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Además de Macri, la causa alcanzaba a Luis Caputo y Federico Sturzenegger, que pasaron por la presidencia del Banco Central; a Guido Sandleris, también titular de la entidad; al exministro de Hacienda Nicolás Dujovne; y a los integrantes del Comité de Política Monetaria Gustavo Cañonero, Verónica Rappoport, Enrique Szewach y Mauro Alessandro.

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El 2 de febrero de 2026, el Juzgado Federal N° 5, a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti, archivó la causa. Según ese fallo, la negociación de la deuda fue una decisión de política económica y no configuró un delito. El fiscal de instrucción Franco Picardi, que sostenía la acusación, cuestionó esa evaluación y afirmó que había sido parcial, desmembrada y superficial. La Oficina Anticorrupción, en un informe incorporado a la causa, había señalado que las divisas del préstamo se usaron como seguro de cambio para fondos invertidos en Lebacs y terminaron en la formación de activos externos.

En su dictamen del 14 de octubre, Pleé sostuvo que las hipótesis de la acusación no se correspondían con las constancias de la causa y que no se habían propuesto medidas concretas para avanzar. Afirmó que “no se ha infringido norma penal alguna” y que “lo único que queda en pie de esta acusación es el desacuerdo con un modelo económico determinado”.

El pronunciamiento de Casación no analizó la responsabilidad penal de cada funcionario: resolvió los recursos que habían llegado a esa instancia. En el mismo fallo, el tribunal rechazó las recusaciones que Antonio Conrado De Martino, ciudadano que había adherido a la impugnación fiscal, planteó contra los camaristas y los fiscales. Los jueces señalaron que De Martino no era parte del expediente, porque no se había constituido como querellante ni acreditó un perjuicio directo y personal. “Caído el recurso principal, cae con él la vía accesoria”, resumieron.

Los magistrados también cuestionaron el escrito de De Martino y de su abogado patrocinante, Nicolás Roberto Corbetto Norese, por contener expresiones agraviantes que excedían los argumentos jurídicos. “La crítica judicial es esencial en cualquier sociedad democrática”, señalaron al advertir sobre el tono del texto.

Con el desistimiento de la Fiscalía, el archivo quedó firme y el expediente se cierra en la instancia penal.

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