Policiales · Entre Ríos
La defensa de Caudana impugna el dictamen fiscal y pide salidas transitorias
Los abogados Germán Corazza y Sebastián Beber sostienen que el condenado terminó el secundario en 2021 en la cárcel de Federal y que ya cumplió las dos terceras partes de una pena unificada de 12 años.
Redacción La Bajada ·
Los abogados defensores de Elbio Gonzalo Gastón Caudana presentaron ante el Tribunal Oral Federal un escrito para responder e impugnar el dictamen de la Fiscalía que se opuso al pedido de salidas transitorias socio familiares del condenado. Germán Corazza y Sebastián Beber afirman que el Ministerio Público Fiscal se basó en premisas fácticas erróneas sobre la trayectoria educativa y laboral de Caudana, y piden que el tribunal conceda el beneficio.
Según la presentación, Caudana obtuvo el título secundario en 2021 en la ESJA del penal de Federal. También acreditó certificaciones de cursos y oficios realizados en la Unidad Penitenciaria Nº 8, como peluquería, electrónica, carpintería, viverismo e instalaciones eléctricas, y participó en talleres culturales.
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La defensa agrega que la cárcel del norte entrerriano no cuenta con centros universitarios presenciales ni con la infraestructura tecnológica para cursar carreras a distancia. En ese contexto, sostiene que Caudana alcanzó el máximo nivel académico formal disponible en ese lugar de encierro.
Los abogados citan los informes técnicos, que según ellos ratifican que el condenado asiste con regularidad al área de psicología. Esos informes le asignan la calificación de “Conducta Ejemplar” (09) y el concepto de “Concepto Muy Bueno” (07), y no registran sanciones disciplinarias en los últimos años.
En cuanto al cómputo de la pena, la defensa recuerda que Caudana cumple una pena unificada de 12 años de prisión y que alcanzó las dos terceras partes de la condena hace más de dos años. Sostiene además que el domicilio de su madre reúne los requisitos exigidos para las salidas solicitadas.
Por último, los defensores rechazaron el argumento de que falte una manifestación de arrepentimiento o implicancia subjetiva por parte de Caudana. Afirman que exigirla sería inconstitucional, porque obligaría al condenado a autoincriminarse.
El Tribunal Oral Federal deberá resolver el pedido a partir de este escrito y del dictamen de la Fiscalía.
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