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Viernes 6 de noviembre de 2026
La Bajada

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Sociedad

Condenan a 20 y 18 años de prisión a los tres acusados por el crimen de Ivana Garcilazo

El tribunal aplicó coautoría funcional y dolo eventual, sin determinar qué objeto alcanzó a la víctima, y cuestionó la investigación inicial. La familia anunció que apelará.

Redacción La Bajada ·

El Centro de Justicia Penal de Rosario condenó este lunes a Ariel Matías Cabrera y Damián Reifenstuel a 20 años de prisión, y al tercer acusado a 18, como coautores del crimen de Ivana Garcilazo. El fallo fue unánime y quedó por debajo de los 30 años que pidió la Fiscalía y de los 33 que reclamó la querella. Los tres siguieron la lectura por Zoom desde los lugares donde están detenidos.

El tribunal, integrado por Natalia Benvenuto, Jorge Rodríguez y Nicolás Vico Gimena, aplicó el criterio de coautoría funcional. Según Benvenuto, hubo una decisión común y una división de funciones, por lo que el aporte de cada uno se atribuye a todos. “Todos arrojaron piedras, no modificando el resultado que haya sido un solo impacto”, afirmó. Para el tribunal, no era necesario determinar qué objeto alcanzó a la víctima: “No es necesario determinar qué piedra alcanzó a la víctima”, sostuvo la presidenta.

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Según la magistrada, Garcilazo tuvo dos traumatismos de cráneo, uno por el impacto y otro por la caída, y la muerte se produjo por la agresión.

En cuanto a la intención, el tribunal encuadró la conducta en dolo eventual. “Actuaron con indiferencia a la vida humana”, dijo Benvenuto, y explicó: “No se probó que quisieron matar a una persona, pero sabiendo que podían matar siguieron adelante”.

Para llegar a esa conclusión, los jueces valoraron los testimonios de cuatro personas que presenciaron el ataque y que aseguraron haber visto a los tres arrojar objetos. También se acreditó una reunión previa entre los condenados, y el análisis de antenas de telefonía los ubicó en la zona del Parque Independencia.

Según el tribunal, ninguno de los tres asistió a la víctima ni llamó al 911, y los tres abandonaron sus trabajos y sus domicilios. Reifenstuel escapó a Bolivia de manera ilegal y permaneció allí con una identidad falsa hasta su localización en febrero de 2025.

Benvenuto también cuestionó la investigación inicial. “El procedimiento inicial tuvo deficiencias. No se cortó totalmente el tránsito, no se peritaron las motos, no se recolectaron los proyectiles arrojados”, enumeró. Sobre la línea de emergencias, afirmó: “El operador de 911 actuó negligentemente y no permitió la aprehensión de Reifenstuel en el momento”.

Familiares y amigos siguieron el veredicto desde la plaza del Centro de Justicia Penal, a través de una pantalla. A la salida de la audiencia, la hermana de la víctima dijo: “Me parece injusta la decisión, no era lo que esperábamos”. Después confirmó: “Vamos a apelar”.

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