Política
El Gobierno dejó sin efecto la restitución de algunas pensiones por invalidez
La Resolución 3695/2026 alcanza sólo a los titulares del Anexo I. El vocero Adrián Ravier había anunciado un plazo de 30 días hábiles, pero la norma fija 60 días corridos desde la notificación individual.
Redacción La Bajada ·
La Secretaría Nacional de Discapacidad dejó sin efecto la restitución de pagos dispuesta en 2025 para un grupo de titulares de pensiones no contributivas por invalidez laboral. La medida quedó oficializada con la Resolución 3695/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Alcanza sólo a las personas identificadas en el Anexo I de la norma, no a todos los beneficiarios.
El texto de la resolución dispone: “Déjase sin efecto la Resolución N° 13.901/25 de la ex Agencia Nacional de Discapacidad respecto de las personas identificadas en el Anexo I”. Esa resolución, dictada por la entonces ANDIS, había reanudado el pago de prestaciones suspendidas tras auditorías administrativas.
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La restitución respondía a una medida cautelar judicial. En septiembre de 2025, el Juzgado Federal de Catamarca N.º 2 ordenó restablecer prestaciones suspendidas a personas comprendidas en la causa, y en octubre la decisión se extendió a todo el país. El 12 de febrero de 2026, la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia de primera instancia. Con ese cambio, la Secretaría revisó las situaciones administrativas y dejó sin efecto la restitución para los titulares del nuevo anexo.
El martes, el vocero presidencial Adrián Ravier anunció en conferencia de prensa, en Casa Rosada, que el Gobierno mantendrá suspendidas 21.812 pensiones no contributivas por invalidez laboral. Según el Ejecutivo, la decisión se tomó en una auditoría que detectó presuntas irregularidades médicas y patrimoniales entre algunos beneficiarios. Ravier sostuvo que “esta medida no implica determinar que los titulares no presenten una incapacidad laboral”, sino que no hay información suficiente para verificar que siguen cumpliendo los requisitos.
Ravier informó que el cruce de bases de datos oficiales identificó 38 beneficiarios con dos o más vehículos registrados, 26 con al menos dos inmuebles y 40 con propiedades de más de una hectárea. Según el Ejecutivo, esos bienes son motivo para revisar cada caso, aunque no prueban por sí solos una maniobra fraudulenta.
Ravier había anunciado un plazo de 30 días hábiles para presentar documentación. La resolución publicada fija, en cambio, 60 días corridos desde la notificación individual de cada titular, y no desde su publicación en el Boletín Oficial. Contra la decisión, los interesados pueden interponer recursos administrativos con plazos de 20 o 30 días desde la notificación, según el recurso elegido.
Para pedir la rehabilitación, los titulares deberán presentar documentación médica actualizada, renovar sus datos personales y acreditar que siguen reuniendo las condiciones de la prestación. La Secretaría recordó que también deben acreditar la supervivencia, según el artículo 11 del Decreto 432/97. Las áreas técnicas evaluarán cada expediente, y el envío de la documentación no garantiza por sí solo la reanudación del pago.
El plazo corre desde la notificación individual, por lo que la fecha límite de cada titular dependerá del día en que reciba la comunicación.
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