Policiales · Entre Ríos
El STJ confirmó la prisión perpetua de María Elena Irusta por un homicidio en Nogoyá
El crimen, ocurrido el 8 de abril de 2024, lo cometieron tres personas. Dos de ellas ya habían aceptado la misma pena en un juicio abreviado.
Redacción La Bajada ·
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos confirmó la condena a prisión perpetua de María Elena Irusta, coautora del homicidio de una docente de 62 años ocurrido el 8 de abril de 2024 en la zona de Villa 3 de Febrero, departamento Nogoyá. Con esa resolución, el tribunal rechazó el último planteo de la defensa dentro de la provincia.
Un jurado popular la declaró culpable en septiembre de 2025, en carácter de coautora, por homicidio agravado por haber sido cometido de manera premeditada entre dos o más personas. Luego, el juez técnico Javier Cadenas, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, le fijó la pena máxima: prisión perpetua.
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Irusta quedó alojada en la Unidad Penal N° 6 de Mujeres, de Paraná. Su abogado, Augusto Lafferriere, apeló primero ante la Cámara de Casación Penal de la capital entrerriana, que desestimó el recurso, y después ante la Sala Penal, que también resolvió en contra. El 22 de octubre, el STJ le negó la vía del recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En el crimen participaron otras dos personas: Hugo del Luján Bonadeo, cónyuge de la víctima, y Gustavo Quinodoz, alias Murdoc. Ambos reconocieron su intervención en un juicio abreviado celebrado en agosto ante el juez de juicio de Gualeguay, Dante Tortul, y aceptaron la prisión perpetua. A diferencia de ellos, Irusta tuvo un juicio con jurado popular.
Durante el debate, Quinodoz, autor confeso, relató que Irusta lo contactó para llevar adelante la acción y que, de la suma prometida, sólo recibió 50 mil pesos. Ante el tribunal aseguró: “Yo no nací para matar”. Luego agregó: “El peor error de mi vida fue quitarle la vida a una persona”.
La fiscal Maite Burruchaga, del Ministerio Público Fiscal, sostuvo que la acusada era la “jefa de la banda” y la principal orquestadora del hecho. La motivación, a juicio de la fiscal, tenía raíz económica: venía de compromisos que Bonadeo había contraído frente a la víctima.
La decisión del STJ cierra las instancias provinciales del caso.
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