Economía
El Gobierno propone cobrar Ganancias a los CEDEAR comprados desde el 31 de octubre
El proyecto de Ley de Competitividad Financiera elimina, para esas compras, la exención vigente sobre la venta de certificados que representan acciones extranjeras. Los CEDEAR adquiridos antes de esa fecha conservan el tratamiento actual.
Redacción La Bajada ·
El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley que propone cobrar el impuesto a las Ganancias por la venta de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) realizada por personas humanas. La iniciativa llegó a la Cámara de Diputados el martes 3 de noviembre de 2026 y forma parte del proyecto de Ley de Competitividad Financiera.
Hoy la compraventa de CEDEAR está exenta de Ganancias para las personas humanas residentes en el país, siempre que la operación cumpla las condiciones que fija la legislación. Estos certificados permiten invertir en acciones de empresas internacionales desde una cuenta comitente argentina, sin operar en una bolsa del exterior.
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El cambio se haría con el artículo 230 del proyecto, que sustituye el inciso u) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Según el texto, la exención dejará de aplicarse a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026. Los CEDEAR comprados antes de esa fecha quedarían fuera de la nueva regla.
El Ejecutivo presenta el esquema como un criterio de "transparencia fiscal", también llamado look-through. Con ese criterio, la operación con el certificado tendría el mismo tratamiento que el activo extranjero que representa. En los fundamentos, el Gobierno sostiene que la redacción vigente permite que los inversores accedan a la exención aplicable a valores negociables locales "cuando en realidad están invirtiendo en activos subyacentes extranjeros". Como argumento económico, menciona la necesidad de "eliminar subsidios fiscales indirectos a la tenencia de activos externos que no generan externalidades positivas en la economía nacional".
La modificación no grava la tenencia de los certificados, sino el resultado de la venta. El tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, explicó que la ganancia tributaría el 15%: "Si tenés una acción en el exterior y la vendés con un resultado positivo, tributás el 15% sobre esa ganancia". Según el mismo especialista, el resultado se determina en moneda dura, como dólares o euros, aunque el cálculo en pesos requiere conversiones con distintos tipos de cambio.
Domínguez anticipó un efecto en el mercado: "Esto va a tener un impacto importante en el mercado, porque hay muchas inversiones en CEDEARs y hoy los resultados de esas operaciones están exentos". El proyecto todavía debe ser tratado en la Cámara de Diputados. Si se aprueba con el texto presentado, la fecha de compra de cada certificado determinará qué régimen le corresponde.
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