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Viernes 6 de noviembre de 2026
La Bajada

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Sociedad

El Gobierno reconoció a los técnicos en emergencias de salud

El Decreto 1252/2026 exige título oficial, limita su trabajo a unidades móviles sanitarias habilitadas y los somete a supervisión médica directa o indirecta.

Redacción La Bajada ·

El Gobierno nacional reconoció oficialmente la actividad de los técnicos universitarios en emergencias de salud como una profesión de colaboración de la medicina y la odontología. La medida quedó establecida en el Decreto 1252/2026, que incorpora esa actividad al listado del artículo 42 de la Ley 17.132, la norma que regula el ejercicio de la medicina, la odontología y las actividades auxiliares de ambas disciplinas.

El decreto fija tres condiciones para ejercer. La primera es contar con un título otorgado por instituciones oficialmente reconocidas: su artículo segundo reserva la actividad a quienes posean ese título. La segunda es trabajar sólo en unidades móviles sanitarias habilitadas, según el artículo tercero. La tercera es que todas las intervenciones se realicen bajo supervisión médica, directa o indirecta. La norma no desarrolla cómo se implementa cada una de esas modalidades.

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La disposición tampoco otorga autonomía para realizar actos médicos ni enumera nuevos procedimientos que los técnicos puedan llevar adelante sin supervisión. Por el contrario, establece de manera expresa que cada intervención debe desarrollarse bajo conducción médica directa o indirecta.

El reconocimiento se ubica en la atención prehospitalaria, es decir, la respuesta inicial ante urgencias y emergencias que ocurre antes de que el paciente llegue a un establecimiento de salud. En los fundamentos, el Poder Ejecutivo sostuvo que la atención extrahospitalaria es un componente crítico del sistema sanitario, por su incidencia en la atención oportuna de los pacientes y en la prevención de complicaciones evitables. También señaló la necesidad de contar con personal capacitado para escenarios dinámicos, de alta complejidad y riesgo.

Según los considerandos del decreto, la Asociación de Facultades de Ciencias Médicas de la República Argentina se había pronunciado a favor de incorporar esta actividad al régimen legal. El Gobierno, por su parte, presenta la medida como una respuesta a un reclamo histórico del sector, de acuerdo con el comunicado oficial difundido por Presidencia de la Nación.

El decreto entra en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Además, faculta al Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, a dictar normas complementarias y aclaratorias para implementar el nuevo reconocimiento profesional.

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