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Viernes 6 de noviembre de 2026
La Bajada

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Política · Entre Ríos

Ambiente multó con $16 millones a Sauce de Luna por el basural a cielo abierto

La Resolución N° 616 intima al municipio a cumplir requerimientos pendientes en 10 días hábiles y ratifica la prohibición absoluta de quemar residuos en el predio.

Redacción La Bajada ·

La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos multó con $16 millones a la Municipalidad de Sauce de Luna, en el departamento Federal, por las irregularidades en el predio donde se disponen los residuos urbanos de la ciudad. La sanción figura en la Resolución N° 616, del 29 de octubre, que además intimó a la administración del intendente Alcides Alderete (PJ) a cumplir requerimientos que siguen pendientes.

La resolución invoca “la pluralidad de incumplimientos acreditados”, la omisión ante los requerimientos e intimaciones previos, la falta de acreditación de las medidas dispuestas y los episodios de quema constatados en el predio. Según el organismo, el municipio estuvo debidamente notificado y tuvo un plazo específico para cumplir, una circunstancia que pesó en la determinación de la sanción.

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Los antecedentes se remontan a 2020, cuando la Municipalidad inició un trámite sobre la gestión integral de residuos sólidos urbanos que no llegó a concluirse. Después llegaron denuncias a la Secretaría por la disposición de residuos a cielo abierto, y en diciembre de 2025 se realizó una inspección técnica en el lugar.

Los inspectores constataron que el predio no tenía portón de ingreso, que el camino de acceso, de tierra, presentaba sectores anegados y que había residuos mezclados y dispersos, sin sectorización, además de animales. También encontraron materiales de construcción, ramas, neumáticos y plásticos sin separar. “Se constataron deficiencias operativas y ambientales significativas”, dice la resolución.

A partir de ese relevamiento, la Secretaría pidió al municipio una línea de base del predio, la caracterización del sistema de recolección vigente y una propuesta preliminar de gestión integral de residuos sólidos urbanos. Ante la falta de respuesta, el organismo dispuso la prohibición inmediata de quemar residuos, inició un procedimiento sumarial y formuló imputaciones contra la Municipalidad.

La resolución ratificó “la prohibición absoluta y permanente de quema de residuos dentro del predio”. Intimó al municipio a cumplir los requerimientos pendientes dentro de los 10 días hábiles posteriores a su notificación. Si no lo hace, la Secretaría podrá aplicar nuevas sanciones. Si se repiten las quemas, podrá ordenar la clausura preventiva o el cese definitivo.

El plazo de 10 días hábiles se cuenta desde la notificación al municipio.

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