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Viernes 6 de noviembre de 2026
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Sociedad

La Corte Suprema dejó firmes las condenas por la muerte del subteniente Matías Chirino

En diciembre de 2025, la Cámara Federal de Casación Penal había anulado la absolución de Gerardo Bautista y lo había condenado a seis años y seis meses de prisión.

Redacción La Bajada ·

El máximo tribunal del país desestimó los recursos presentados por las defensas de tres exmilitares y por la madre de Matías Chirino. Con esa decisión quedaron firmes las condenas contra Rubén Darío Ruíz, Darío Emanuel Martínez y Claudio Andrés Luna por la muerte del subteniente, ocurrida en junio de 2022 en el Grupo de Artillería de Monte 3, en Paso de los Libres, Corrientes.

Según la acusación, la reunión en la que murió Chirino se presentó como un ritual de iniciación. Allí, los jóvenes oficiales fueron obligados a beber alcohol en exceso y a meterse en una pileta, pese a las bajas temperaturas. Entre los presentes estaban también Jorge Manuel Chaile y Rufino Ezequiel Meza.

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La autopsia determinó que Chirino murió por broncoaspiración: había vomitado mientras estaba inconsciente. El examen registró una concentración de 1,45 gramos de alcohol por litro de sangre.

El 21 de noviembre de 2024, el Tribunal Oral Federal de Corrientes sentenció a ocho años de prisión a Ruíz, Martínez y Luna. En el mismo juicio fueron condenados otros militares, mientras que Gerardo Bautista, Franco Grupico y Claudia Cayata resultaron absueltos.

La sentencia fue recurrida por la madre de Chirino, por el Ministerio Público Fiscal y por las defensas de los acusados.

El 18 de diciembre de 2025, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revisó el fallo. Por mayoría, anuló la absolución de Bautista y lo condenó a seis años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial por el mismo plazo para ejercer cargos públicos. Confirmó las condenas por abandono de persona seguido de muerte en concurso ideal con abuso de autoridad, mantuvo las absoluciones de Grupico y Cayata, y fijó nuevas penas para los demás condenados.

Después llegaron a la Corte Suprema los recursos de la madre de la víctima y de los defensores de Luna, Ruíz y Martínez. Al rechazarlos, el máximo tribunal cerró la vía de revisión extraordinaria en esta instancia, y las condenas quedaron firmes.

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