Sociedad · Entre Ríos
Concordia derogó la adhesión a la ley de grandes superficies comerciales
La votación fue por unanimidad en la 31ª Sesión Ordinaria. El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia la lamentó y sostuvo que la ley provincial 9393 sigue vigente.
Redacción La Bajada ·
El Concejo Deliberante de Concordia aprobó por unanimidad, en su 31ª Sesión Ordinaria, la derogación de la Ordenanza Municipal N° 34.338, que adhería a la Ley Provincial N° 9.393 de Grandes Superficies Comerciales. Según el cuerpo, con la medida el Municipio recupera las facultades exclusivas para habilitar comercios dentro de su jurisdicción.
La presidenta del Concejo, Magdalena Reta de Urquiza, sostuvo que la ley provincial, sancionada en 2001, quedó desactualizada frente al comercio electrónico y a los nuevos formatos de consumo. Dijo que el Municipio cuenta con los mecanismos técnicos y administrativos para fiscalizar la factibilidad de nuevas radicaciones. Según el Concejo, la iniciativa tuvo el respaldo explícito de la apoderada legal de una firma del rubro alimenticio y del gremio de empleados de comercio.
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Los bloques fundamentaron su voto favorable. El concejal Felipe Sastre dijo que la gestión debe ponerse al frente de los problemas, sin trabas para la inversión privada y el empleo, y aclaró que la decisión no busca perjudicar a ningún sector. Las concejales Carolina Amiano y Yaiza Pessolani Bechet también acompañaron la derogación con su voto.
El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) emitió un comunicado en el que lamentó la decisión. La entidad dijo que no se opone a nuevas inversiones, pero cuestionó el tipo de empresas en juego: "No estamos hablando de empresas productivas, sino extractivas, que sólo reemplazan a las locales sin generar riqueza neta alguna".
Según el CCISC, la Ley 9393 no prohíbe la instalación de supermercados, hipermercados ni cadenas mayoristas. Lo que hace, afirmó, es exigir una autorización previa, un estudio de impacto y una instancia de participación comunitaria, tal como establece su Decreto Reglamentario N° 1769/2010. La entidad citó una audiencia pública realizada en Crespo con esa misma norma y sostuvo que "la ley no prohíbe, regula".
El CCISC también cuestionó el procedimiento municipal. Afirmó que presentó consultas al Municipio sobre este emprendimiento y otros hace más de ocho meses, y que en este caso recibió "solo evasivas o ambigüedades". Según la entidad, la documentación llegó a la Dirección de Comercio Interior de la provincia hace 15 días. Estimó además que por cada puesto generado por este tipo de emprendimiento se pierden "2,4 empleos o autoempleos (propietarios)" en el comercio local.
Por último, la entidad sostuvo que modificar una norma para favorecer a una persona o grupo determinado vulnera principios constitucionales. La derogación alcanza a la adhesión municipal; según el CCISC, la ley provincial sigue vigente y la entidad seguirá trabajando en su mejora.
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